martes, 17 de marzo de 2015

Sanción tardía - Despido injustificado

"La Sala IX de la Cámara del Trabajo tuvo por injustificado un despido que tuvo como antecedente una suspensión por inasistencia, aplicada dos meses después del hecho. El Tribunal explicó además que "en forma previa a la imposición de cualquier tipo de sanción –y con más razón tratándose de la máxima sanción-, la empleadora debió haber intimado fehacientemente al trabajador, otorgándole la posibilidad de justificar sus inasistencias"."

http://www.diariojudicial.com.ar/fuerolaboral/Sancion-tardia-despido-injustificado-20150225-0005.html

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